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Recibo Honorario

a. Recibo de Honorario Electronico (RHE) : Modelo Virtual


La afiliación a este sistema se debe de hacer vía la página web de sunat virtual, submenú operaciones en linea ingresando su:


1. RUC
2. Clave Sol
2.1 Usuario 
2.2 Clave


Este sistema le evita imprimir previamente recibos de honorarios y elimina la legalización previa del libro de ingresos y gastos.


Afiliacion al Sistema de Emisión Electrónica

b. Recibo de Honorario: Modelo Físico




1. ¿Cuando emitir Recibos por Honorario?

Cuando se cumple a satisfacción la ejecución de un servicio.

2. ¿En que casos se emite Recibo Honorario?
Por el ejercicio individual de alguna profesion, arte, ciencia ú oficio.
Aún cuando el servicio sea gratuito.Ejm:

Contador, artista, modelo, gasfitero, electricista, excepto los ingresos de: albaceas, síndicos, gestor negocio, mandatarios y regidores municipales

3. ¿ Se consigna el importe de la retención en el Recibo de Honorario?
Sí,  el 10 %.
No se aplica retención cuando esta no exceda de S/. 1,500.

4. No deben declarar ó efectuar pagos a cuenta de 4º categoría, los contribuyentes de:
  • Cuarta que no superen S/. 2,589; al mes.
  • Cuarta y quinta que no superen S/. 2,589; al mes.
  • Cuarta y quinta, por funciones inciso b) Art. 33º TUO de la LIR que no supere S/. 2,071; al mes*
*Director empresa, síndicos, mandatarios, gestor negocio, albacea el monto referencial será S/. 2,071 mensuales.

5. ¿El Recibo de Honorario tiene efecto tributario?
 Si cumple con el Reglamento de Comprobantes de Pago, sustenta gasto o costo.

6. ¿Quién no debe solicitar suspensión retención?
  • Al emitir Recibos de Honorarios con montos que no exceda de S/ 1,500
  • No tengan la obligación de declarar y efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta